Mano dura en Burjassot contra las cacas de perro en las calles

El Ayuntamiento de Burjassot, desde la Concejalía de Policía y Seguridad Ciudadana, dirigida por Manuel Pérez Menero, va a intensificar a partir de este miércoles, 14 de septiembre, los controles por la no recogida de excrementos en la vía pública y por la tenencia del chip de los animales de compañía. La campaña será intensiva durante un plazo de tiempo indeterminado y se realizarán controles diarios y a distintas franjas horarias, multando a aquellos propietarios que no recojan los excrementos de los animales o los lleven sin identificar con el correspondiente chip.

Para el Alcalde de Burjassot, Rafa García, “a partir de esta semana, para este Ayuntamiento se ha convertido en objetivo prioritario buscar una solución al problema de los excrementos de los animales. Se han hecho campañas de concienciación, se ha avisado por parte de la policía, pero muchas personas no actúan cómo corresponde con lo cual, a partir de mañana miércoles, la policía tendrá cómo uno de sus trabajos principales, además de las tareas normales, poner fin a estos comportamientos. Las personas que no cumplan con su obligación serán multadas acorde a la ordenanza, con sanciones entre los 60 y los 300 euros. En un municipio en el que pueden convivir cerca de 5.000 canes, hay que concienciarse para no ensuciar, ya que es importante ahora mismo la suciedad que generan los excrementos. Esperamos que con esta medida, que obviamente no es de nuestro agrado, podamos ir mermando los problemas que se generan con estos comportamientos tan poco cívicos”.

El Consistorio recuerda que, atendiendo a la Ordenanza Municipal de Convivencia Ciudadana, en su Título III, artículo 30, “las personas que acompañen a sus animales están obligadas a recoger los excrementos que depositen en cualquier lugar de las vías o lugares públicos y, de manera especial en zonas de estancia o paso. Cuando los excrementos de los animales queden depositados en las aceras, paseos, jardines y, en general, en cualquier lugar destinado al tránsito de peatones, deberán ser recogidos por los propietarios, o personas que los conduzcan y depositados en un contenedor de basura, encerrados en una bolsa de plástico. Sería conveniente que los dueños de los animales aplicarán sobre la vía pública agua pulverizada para diluir el orín de los animales evitando así malos olores y la degradación de los espacios y equipamientos públicos”.

En el caso de incumplir la ordenanza, el acompañante del animal será sancionado por “no recoger excrementos de animales en lugares públicos, no introducirlos en bolsa de plástico o arrojarlos a un lugar no adecuado”. La sanción oscilará de los 60 a los 300 euros, en el caso de considerarse leve pero, de acuerdo al principio de proporcionalidad, teniendo en cuenta la reincidencia en la comisión de faltas, la transcendencia para la convivencia ciudadana, los daños producidos a los bienes públicos o privados, entre otros, podría llegar a catalogarse como muy grave, ascendiendo la sanción a una multa de 3.000 euros.

Dicha obligatoriedad de recogida de los excrementos de la vía pública también se recoge en la Ordenanza Municipal sobre Tenencia de Animales en su Capítulo VII, relacionado con las repercusiones en la limpieza respecto a la tenencia de animales en la vía pública. Dicho capítulo, en sus artículos 32 y 33, recoge las medidas higiénicas ineludibles que deben cumplir “las personas que conduzcan perros u otra clase de animales por la vía pública”.

En el caso del chip que, tal y como se desprende de la Ordenanza Municipal sobre Tenencia de Animales, obligatoriamente los perros deben portar la identificación electrónica, que supone el DNI del can. Desde la Policía Local también se va a llevar a cabo el control de los mismos para garantizar la identificación de los perros, evitando así  posibles abandonos y facilitando, con ello, que cualquier perro perdido pueda volver junto a sus dueños.

En este caso, las infracciones de las disposiciones de esta ordenanza serán sancionadas con multa de 30 a 18.000 euros, “atendiendo a la entidad del hecho, al riesgo para la salud y tranquilidad de los ciudadanos, a la degradación ambiental, al grado de intencionalidad, a la generalización de la infracción y a la reincidencia”.

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