Ambulancia de Soporte Vital Básico.

UGT denuncia la vulneración del derecho al voto en una empresa de las ambulancias de Sanidad

El sindicato UGT de Servicios Públicos de la Comunitat Valenciana ha denunciado que se ha vulnerado el derecho al voto en una empresa concesionaria de las ambulancias de Sanidad, al no haber facilitado que los técnicos sanitarios, que realizan jornadas de 12 horas, pudieran participar en las elecciones sindicales, dado que a muchos de ellos les fue imposible acudir porque estaban trabajando y no se les proporcionó sustitutos, ni tampoco se constituyó una mesa electoral itinerante para que pudieran depositar su voto.

Debido a esta situación, de 300 trabajadores sólo pudieron votar 217, por lo que UGT ha decidido impugnar estas elecciones sindicales y denunciar los hechos ante la Conselleria de Sanidad, concretamente en el Servicio de Atención Sanitaria de Urgencias y Emergencias. Incluso prevé la presentación de una denuncia ante la Fiscalía de Prevención de Riesgos Laborales, dado que muchos de los trabajadores, para votar, tuvieron que realizar largos desplazamientos hasta la sede de la empresa después de una extenuante jornada de servicio.

Desde UGT se señala que «la empresa CSA, Ambulancias de Castellón, integrante de la UTE del transporte sanitario contratada por la Consellería de Sanidad, ha expuesto a un riesgo innecesario a los trabajadores, que deben desplazarse desde largas distancias y después de jornadas de 12 horas de varios días». Además, se exige que «se investigue de oficio si se ha vulnerado el derecho a la salud y la prevención de riesgos laborales de la plantilla, reclamando responsabilidades a quienes hayan intervenido, por acción u omisión, en esta lamentable decisión”, según ha manifestado Pepe Berenguer, responsable del sindicato en el sector de Sanidad.

Por parte de la empresa se alegó, según el sindicato, que se había alargado el horario para la votación desde las 8 de la mañana hasta las 10 de la noche, pero desde UGT se recalca que esta medida no ha sido suficiente para evitar que se vulnerara el derecho al voto, insistiendo en que la organización de turnos de sustitución, con el consiguiente permiso retribuido, así como la constitución de una mesa electoral itinerante, como la hubo en otras ocasiones, son las únicas formas efectivas de facilitar la libre participación de los trabajadores en las votaciones, sin ningún riesgo ni problema para ellos y sin que afecte al servicio a la ciudadanía.

En relación con el horario de trabajo de los técnicos sanitarios de ambulancias, cabe destacar por otro lado que, en las mesas de negociación, se está proponiendo una mejora de turnos, tanto en pro de la prevención de riesgos laborales como para facilitar la conciliación familiar, con el fin de que se realicen menos de 12 horas, lo cual estaría en consonancia además con la reciente doctrina del Tribunal Supremo, que no permite que se hagan más de 1.800 horas anuales.